Perros potencialmente peligrosos en Jaen

Licencia para perros potencialmente peligrosos en Jaén. Centro Médico Psicotécnico ARCO.
Licencia para perros potencialmente peligrosos en Jaén. Centro Médico Psicotécnico ARCO.

La licencia para perros potencialmente peligrosos requiere aportar el reconocimiento psicotécnico de aptitud específico que puedes realizar en nuestro centro médico psicotécnico. Además queremos orientarte en lo posible para que puedas tener toda la documentación cuanto antes.  No es un trámite complicado, pero sí tiene algunos detalles que debes conocer. ¿Lo revisamos juntos?

Contenido del artículo

1.- ¿Cuáles son los perros potencialmente peligrosos?

2.- Tengo un perro potencialmente peligroso. ¿Qué documentación necesito?

3.-¿Cómo se tramita la licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos en Jaén?

4.- ¿Qué leyes se les aplican a los perros potencialmente peligrosos?

1.- ¿Cuáles son los perros potencialmente peligrosos?

Atento a esta frase:

Perro potencialmente peligroso es aquel que con capacidad de poner en peligro la vida o integridad física de las personas, otros animales o de causar daños a los bienes.

Como ves, es una definición bastante amplia. Por tanto, limitarse a las razas específicas descritas en la legislación es una aproximación incompleta. De hecho, hay cuatro motivos para tener que sacar la licencia de perros potencialmente peligrosos:

– Raza. (Y sus cruces)

– Características físicas

– Entrenamiento previo en ataque

– Antecedentes de carácter agresivo o de denuncias previas

 

a) Raza y cruces

(Nota: Déjanos disfrutar. Aunque nuestra especialidad es el reconocimiento psicotécnico de los dueños ya hemos tenido la visita de alguno de estos magníficos animales en nuestras instalaciones y son espectaculares. Si vienes a sacarte el reconocimiento psicotécnico con nosotros y te apetece, por favor, ¡nos encantaría que nos presentaras a tu mascota!.)

Como hemos dicho, limitarse a la raza del animal es incompleto. Además de la raza, el entrenamiento y las características físicas pueden hacer que sea preciso tener una licencia especial para tu mascota.  Tu veterinario te orientará sobre ello, consúltale.

De todas formas, te damos una lista de las razas que actualmente se catalogan en Andalucía como perro potencialmente peligroso. (¡Así, además, podemos ir incluyendo imágenes preciosas de las distintas razas!)

– Pitt Bull Terrier.

– Staffordshire Bull Terrier.

– American Staffordshire Terrier.

– Rottweiler.

– Dogo Argentino.

– Fila Brasileiro.

– Tosa Inu.

– Akita Inu.

– Doberman

Y sus cruces, entre sí o con otras razas. Esta lista incluye todos las razas de perros de la legislació española y añade al doberman. Otras comunidades autónomas tienen razas distintas, así que debes consultar si en tu lugar de residencia son los mismos. En Jaén son estos.Así que aunque no pertenezca a las razas descritas anteriormente, puede precisar la licencia. 


b) Características físicas genéricas:

Bien. Has encontrado una mascota que no sea de ninguna de las razas descritas ni sus cruces. Es un animal grande y fuerte y da gusto pasear con él. Pues puede que  necesite licencia.

La ley determina unas características físicas genéricas que te transcribo, literalmente:

  1. Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  2. Marcado carácter y gran valor.
  3. Pelo corto.
  4. Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
  5. Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  6. Cuello ancho, musculoso y corto.
  7. Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  8. Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

Te repito que nosotros nos dedicamos al reconocimiento psicotécnico de los dueños para poder disfrutar de estos animales. Es aconsejable que tu veterinario o alguien experto te aconseje sobre si tu animal podría necesitar el permiso.

 


c) Perros que hayan sido adiestrados para el ataque.

La ley excluye específicamente a los perros miembros de fuerzas de seguridad caninas y otros cuerpos estatales y estos animales, por norma, están perfectamente adiestrados y no para el ataque si no que cumplen muchas otras funciones. Y viendo lo preciosos que son los perros que vienen por el centro médico psicotécnico, no quiero ni pensar que alguien los dedique a otro fin que les haga daño.

 


d) Perros que manifiesten un carácter marcadamente agresivo y hayan tenido denuncias por eso o por agredir a personas o animales.

Este tema es complejo, incluye valoraciones de veterinarios e intervenciones de los agentes de seguridad. En todo caso de momento no vamos a entrar en ello, creemos que hay personas con más autoridad en la materia que pueden aconsejarte mejor sobre ese matiz en particular.

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2.- Tengo un perro potencialmente peligroso. ¿Qué documentación necesito?

Si quieres tener uno de estos animales, tener los siguientes documentos:

  1. Licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos
  2. Certificado de sanidad animal, expedido por la autoridad competente, que acredite la situación sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso, conforme a la normativa que lo regula.

 

Recuerda que debe constar en la Sección de Animales Potencialmente Peligrosos del Registro Central de Animales de Compañía, la venta, traspaso, donación, robo, muerte o pérdida del animal potencialmente peligroso.

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3.- ¿Cómo se tramita la licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos en Jaén?

La documentación que necesitas para tramitar una licencia de perros peligrosos en Jaén es:

 

1.- Solicitud de licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos

La solicitud se presenta en el Servicio Sanitario Municipal, en el Callejón De las Flores, 1.

2.- Acompañada de:

  • Fotocopia del DNI
  • Certificado original negativo de antecedentes penales o autorizar para que lo pidan de oficio
  • Certificado Original de no haber sido sancionado en los últimos 3 años por infracciones graves o muy graves de las previstas en el artículo 13.3 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre así como de no estar privado del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Te lo pueden facilitar en la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía
  • Certificado Original de capacidad física y psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, expedido por un Centro de Reconocimiento debidamente autorizado, y cuya validez es de un año.
  • Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros causados por sus animales, con copia del recibo o de la póliza o informe de la compañía aseguradora, por daños al menos de 175000 euros
  • Certificado de haber superado un curso específico sobre adiestramiento básico de este tipo de perros impartido por adiestradores acreditados
  • Copia validada y sellada de la autoliquidación en concepto de Tasa por la expedición y/o renovación de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos

Una vez tengas tu licencia inscribe a tu mascota en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos. Te dejamos también la solicitud de censado en el registro municipal de animales de compañía por si te hiciera falta.

La licencia dura cinco años y la renovarán en el mismo sitio. Debes comunicar cualquier variación de los datos acreditativos para la obtención de la licencia en el plazo de 15 días.

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4.- ¿Qué leyes se les aplican a los perros potencialmente peligrosos?

Hay legislación nacional, autonómica y local. Queremos que este artículo sirva de referencia y orientación de las distintas leyes que se aplican para tramitar la licencia de perros peligrosos en Jaén, en lugar de tener que ir buscando cada uno de las leyes por separado.
Legislación aplicable a perros potencialmente peligrosos en Jaén

  • La Ley 50/1999, sobre régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos y el Real Decreto 287/2002 que la desarrolla.
  • La ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales.
  • El Decreto 92/2005, de 29 de Marzo sobre identificación y registro de determinados animales de compañía en Andalucía  y la Orden de 14 de junio de 2006 que lo desarrolla
  • La Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Jaén y el anexo aplicable a esa ley
  • El Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Te recomendamos que si vas a tener un perro potencialmente peligroso y estás interesado en conocer qué normas se te aplican, revises al menos el último texto, el de la Junta de Andalucía.
En caso de residir en otra comunidad o ciudad, debes consultar tu información local, pues pueden aplicarse normas distintas.

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