Carnet de Conducir en Jaén: Para renovarlo aquí tienes toda la información necesitas
El carnet de conducir se divide en permisos y licencias de conducción. Cada uno tiene un período de vigencia y una vez cumplido hay que renovarlo. Tráfico denomina a esto «prorrogar su vigencia». La fecha de renovación viene anotada en la parte posterior de tu Permiso, y depende el tipo de permiso. Si aún tienes uno de los documentos antiguos, es más que posible que tengas que renovarlo. La dirección general de Tráfico tiene una nota informativa que vamos a intentar explicarte.
Como norma general:
- Los permisos de la clase A y B, los más comunes, duran 10 años hasta que cumples 65 años. A partir de los 65 años hay que renovarlo cada 5 años
- Los permisos de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E son válidos durante 5 años, y a partir de los 65 años pasan a durar 3 años.
Si el titular padece algún tipo de enfermedad o deficiencia, es muy posible que pueda seguir conduciendo pero que tenga que renovar el carnet en un periodo de tiempo más corto, pudiendo llegar a un año o menos de validez.
Hay causas, como una orden judicial o administrativa o haber perdido los puntos del carnet que pueden impedir renovarlo.
Cuándo puedo renovar el Carnet de Conducir
Puede presentarse hasta tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia. Si acudes antes, simplemente no podrás realizar el trámite.
Renovarlo en esos tres meses no supone la pérdida de días de validez, ya que la prórroga se empezará a contar desde la fecha en que caducaba.
Si el carnet de conducir ya ha caducado, no es preciso volver a examinarse
No puedes conducir con un permiso caducado hasta que lo renueves, pero tampoco tendrás que volver a la autoescuela ni examinarte. Eso sí, tendrás que pasar el mismo reconocimiento psicotécnico que el resto de conductores para renovarlo.
Organismos para renovar el carnet de Conducir
Tanto en tu Centro Médico Psicotécnico como en la Jefatura de Tráfico. La decisión es tuya. En ambos casos tendrás que abonar el coste de la Tasa IV.3 y el de las pruebas de aptitud Psicofísicas y la elaboración del informe de aptitud específico.
Documentación que aportar
Básicamente, acreditar tu identidad y residencia:
– DNI o Pasaporte: original en vigor.
– Autorización de residencia o Documento de identidad de su país o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor.
– Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.
Si has cambiado de domicilio y aún no tienes tu documentación actualizada, es recomendable aportar un certificado de empadronamiento con la dirección actual para que ya tu nuevo carnet de conducir esté actualizado.
El certificado de Aptitud Psicofísica
Tienes que realizarte una exploración médica y psicológica. Esto permitirá emitir un informe de Aptitud Psicofísica que se remite de forma telemática a la Jefatura de Tráfico, certificando que eres apto para llevar vehículos a motor.
A partir de aquí, tienes dos opciones:
Completar la renovación en el Centro Psicotécnico.
– Firmar la solicitud de renovación. No necesitas nada más. La fotografía se te hace en el mismo centro.
El nuevo documento te llegará a tu domicilio por correo ordinario en unos 10 días.
Completar la renovación en la Jefatura de Tráfico de Jaén:
– Rellena el impreso oficial de SOLICITUD disponible en las Jefaturas de Tráfico y en la página web de la DGT
– Una fotografía original de 32 x 26 mm tipo carnet con
– Un talón-foto cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente que se encuentra en la Jefatura de Tráfico correspondiente.
– El informe del Centro de Reconocimiento remitido de forma telemática a esa Jefatura de Tráfico.
– Pago de la Tasa IV.3 según las instrucciones de la DGT
Con esta información básica, ya tienes lo necesario para renovar tu carnet de conducir. Si tienes alguna duda, no dudes en llamarnos y estaremos encantados de atenderte.
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